Después de varios años de discusión, finalmente 1 de Marzo del año 2020 se publicó la Ley 21.147 mediante la cual se modificó el inciso N° 1 del artículo 75 de la Ley de Tránsito, relativo al uso de vidrios oscuros o polarizados en vehículos motorizados.

El artículo señala que los vehículos podrán contar con vidrios oscuros o polarizados que cumplan con los factores de transmisión regular de la luz u otras cualidades ópticas, y las certificaciones establecidas en dicho reglamento.

Este reglamento que norma el uso de film polarizados en vehículos fue publicado en el Diario Oficial este Miércoles 11 de Marzo de 2020, por tanto desde esta fecha es legal el uso de estas películas.

Preguntas Frecuentes sobre la ley del polarizado en vehículos

Si no encuentra la respuesta a su pregunta, por favor contactenos, le ayudaremos a resolver su duda.

¿Qué es un film polarizado para vehículos?

Es una lámina de poliéster de alta resistencia que se adhiere en la cara interior de los vidrios y están diseñados para protegerse de la Radiación Solar, Rayos UV y Rayos Infrarrojos.

¿Cuándo comienza a regir la nueva normativa sobre los vidrios polarizados?

La norma se encuentre vigente desde el 11 de marzo de 2020, sin embargo, la verificación del factor de transmisión regular de la luz (FTRL) se inició en las plantas revisoras el 11 de mayo de 2022 y se estableció un periodo de marcha blanca de 3 meses para informar a la ciudadanía. A partir del 11 de agosto de 2022 comienza a regir en su totalidad la nueva normativa sobre vidrios polarizados emitida por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Esto significa que se va a inspeccionar este aspecto en las PRTs, por lo tanto, en la próxima revisión técnica que le corresponda a tu vehículo, será exigencia cumplir con el reglamento.

¿En qué consiste la nueva normativa sobre vidrios polarizados?

La normativa permite adherir en los vidrios de los vehículos láminas oscuras o polarizadas siempre cuando cumplan con el FTRL establecido en el reglamento. En el caso de los vehículos livianos el FTRL es de 70% en los vidrios laterales delanteros y 28% en los vidrios laterales traseros y luneta, en ambos casos con un margen de 5%, es decir que para un 70% la tolerancia es hasta un 65% y pra 28% la tolerancia es hasta un 23%. En todos los casos, la lámina debe contar con un sello en relieve e indeleble con el FTRL, el nombre y RUT del instalador. No se pueden instalar láminas en el parabrisas.

¿Qué % de Transmisión de Luz Visible (Transparencia mínima) están permitidas por ley?

Vehículos Livianos y Medianos:

  • 70% Vidrios laterales delanteros, tolerancia hasta 65% transparencia mínima.
  • 28% Vidrios laterales traseros y luneta trasera, tolerancia hasta 23% transparencia mínima.
  • Parabrisas delantero PROHIBIDO
  • Vidrios oscurecidos de fábrica. PROHIBIDO

Taxis y Transporte Escolar:

  • 70% Vidrios laterales delanteros y luneta trasera, transparencia mínima.
  • 50% Vidrios laterales traseros y luneta trasera, transparencia mínima.
  • Parabrisas delantero PROHIBIDO

Factores (%) mínimos de transmisión de la luz.

Vehículos livianos y medianos Taxis y transporte escolar
Vidrios laterales delanteros
70%
70%
Vidrios laterales traseros
28%
50%
Luneta trasera
28%
70%

¿Qué se encuentra prohibido en esta nueva ley?
  1. Prohibido instalación de láminas de color ámbar, amarillo, rojo ó azul, ni de cualquiera de sus matices.
  2. Prohibido la instalación de láminas metálicas, espejadas y reflectivas.
  3. Prohibido la instalación de láminas polarizadas en Parabrisas Delantero,
  4. Prohibido la instalación de film con unión, debe ser en un solo paño por vidrio.
  5. Prohibido obstaculizar la visibilidad de la tercera luz de freno.
  6. Prohibido la instalación de film polarizado con imperfecciones, burbujas de aire, pliegues u otros que dificulten la plena visual.
  7. Instalación de cualquier lámina en los vidrios que de fábrica vengan oscurecidos.
  8. Instalación de cualquier lámina que no cuente con el sello en relieve y indeleble.
  9. Sello indeleble y en relieve que no indique nombre ni RUT del instalador y factor de transparencia mínima como también que este sello no pueda ser leído nítidamente desde el exterior.
¿Qué es el sello en relieve, y qué vidrios necesitan llevarlo?

El sello en relieve es una marca indeleble que se aplica en las láminas.

Esta es una exigencia de la norma y este sello debe ir en todos los vidrios que se instalarán los films polarizados, este sello debe indicar Nombre, RUT y Porcentaje de Transparencia del film y debe leerse perfectamente desde afuera del vehículo.

Lo más importante es dirigirse a una empresa o instalador profesional que dispongan de productos de buena calidad y marca reconocida como ejemplo Madico (USA) y TechFilms (Corea) ya que estos cuentan con una excelente y extendida garantía.

¿Qué pasa con los vehículos que ya tienen film polarizados ó láminas de seguridad polarizadas y no tienen el sello en relieve?

Su vehículo será rechazado por las Plantas de Revisión Técnicas ya que el sello en relieve no se puede aplicar sobre las láminas una vez instaladas en el vehículo.

¿Cómo puedo saber si los films polarizados que me están instalando cumplen con la norma?

Para un particular es muy difícil distinguir las diferentes tonalidades de los films, sin embargo en algunas empresas instaladoras ya disponen de equipos digitales (Tint Check) que miden la transparencia de los films, solicite una prueba en sus vidrios con los films instados, el resultado debe arrojar una diferencia de +- un 5%   [ver equipo]

Muy importante tener presente exigir productos de buena calidad y marca reconocida como ejemplo Madico (USA) y TechFilms (Corea) ya que estos cuentan con una excelente y extendida garantía.

¿Mi vehículo ya viene con vidrios traseros polarizados de fábrica, los puedo oscurecer más?

La norma originalmente no permitía la instalación de ningún tipo de láminas en vidrios traseros oscurecidos de fábrica, sin embargo una nueva modificación  permite instalar láminas de seguridad incoloras siempre y cuando no exceda los % minimos de transmisión de luz visible.

¿Estarán prohibidas las láminas de seguridad transparentes en la nueva ley?

No están prohibidas las láminas de seguridad incoloras dado que la actual normativa reguló la transparencia ó el factor de transmisión regular de la luz.
Sin embargo no se puede instalar en parabrisas ni en vidrios oscurecidos de fábrica.

¿Quién realizará las fiscalizaciones?

Carabineros, Plantas de Revisión Técnicas, Inspectores Fiscales y Municipales.

Soy instalador profesional, ¿qué información importante debo saber?
  1. Verificar siempre la transparencia de fábrica de los vidrios delanteros dado que estos varían según marca, modelo y año ya que las Plantas de Revisión Técnica miden el % del conjunto de Vidrios + Polarizados.
  2. La última indicación de la norma permite una tolerancia con un margen del 5% , esto es un 65% en vidrios delanteros y un 23% para vidrios traseros, siempre y cuando los vidrios sean transparentes, mayor info pincha aquí (https://mtt.gob.cl/nueva-normativa-de-vidrios-polarizados).
  3. Los sellos deben estar 100% legibles desde el exterior caso contrario podrían ser rechazados. La norma no indica un lugar específico en los vidrios, recomendamos aplicarlos en lugar que no moleste la visual del conductor.
  4. Recomendamos sumar a tu kit de instalación algún medidor Tint Check TC 2800 ó TC 3800 para mostrar a tus clientes y validar el cumplimiento de la normativa vigente, además de estos equipos son una excelente inversión y una eficaz herramienta para diferenciarte de tu competencia.